Nuestra experiencia con Claudia Magnolia Triana Pérez, contadora pública en Ibagué: por qué recomendamos investigar cuidadosamente antes de contratar un contador

Una experiencia que consideramos importante compartir con empresas que buscan un contador público en Ibagué
Elegir un contador público en Ibagué es una decisión importante para cualquier empresa o persona.
Un contador puede ser responsable de asesorar sobre IVA, impuesto de renta, retenciones, declaraciones ante la DIAN, registros tributarios, obligaciones contables y numerosas cuestiones que pueden tener consecuencias económicas importantes.
Cuando una empresa paga a un profesional para prestar estos servicios, es razonable esperar que la asesoría sea correcta, que las obligaciones se gestionen adecuadamente y que, cuando exista una duda, el profesional investigue y confirme la respuesta.
Desafortunadamente, nuestra experiencia nos enseñó que estar registrado como contador público no debería ser el único criterio para seleccionar a un profesional.
En 2023, nuestra empresa contrató los servicios de Claudia Magnolia Triana Pérez, T. Prof. 293146-T, contadora pública, en Ibagué.
Llegamos a ella por recomendación de un conocido en común, que además era un familiar.
En aquel momento sabíamos que acababa de obtener su título profesional.
De hecho, había obtenido su título aproximadamente una semana antes de que la contratáramos y nosotros fuimos su primer cliente.
Teníamos algunas reservas precisamente porque su experiencia profesional era muy limitada.
Sin embargo, cometimos lo que hoy consideramos nuestro primer error:
supusimos que, por estar debidamente registrada como contadora pública, necesariamente tendría los conocimientos y la experiencia necesarios para asesorar correctamente a una empresa SAS nueva.
Nuestra experiencia posterior nos demostró que esa suposición era equivocada.
Este artículo explica nuestra experiencia y las lecciones que aprendimos.
No estamos diciendo que todos los contadores recién graduados sean malos profesionales. Todo contador experimentado tuvo que tener alguna vez su primer cliente.
Nuestro punto es diferente:
cuando usted confía la contabilidad y las obligaciones tributarias de su empresa a un profesional, debería saber exactamente cuánta experiencia práctica tiene antes de tomar la decisión.
En nuestro caso, éramos literalmente su primer cliente.
Y eso resultó ser importante.

Claudia Magnolia Triana Pérez, contadora pública en Ibagué: ¿quién era la profesional que contratamos?
La profesional que contratamos fue:
Claudia Magnolia Triana Pérez, contadora pública en Ibagué, fue la profesional que contratamos en 2023. T. Prof. 293146-T Ibagué, Colombia
Al momento de contratarla, sabíamos que acababa de obtener su título profesional.
Como hemos explicado, había transcurrido aproximadamente una semana desde su graduación y nosotros éramos su primer cliente.
No encontramos en aquel momento una trayectoria empresarial establecida que pudiéramos revisar.
Tampoco contábamos con un historial significativo de reseñas independientes de Google o Trustpilot que nos permitiera conocer las experiencias de otros clientes.
No teníamos referencias comerciales independientes.
Confiamos principalmente en la recomendación personal y en el hecho de que era una profesional registrada.
Hoy tomaríamos una decisión muy diferente.
Ser contador público y tener experiencia son dos cosas diferentes
Nuestra experiencia cambió considerablemente nuestra manera de seleccionar profesionales.
Por supuesto, contar con la formación profesional y la inscripción correspondiente es fundamental.
Pero existe una diferencia entre:
estar cualificado
y
tener experiencia práctica.
También existe una diferencia entre:
estar registrado profesionalmente
y
tener una trayectoria profesional demostrable.
Un contador recién graduado puede convertirse perfectamente en un excelente profesional.
Pero también es cierto que un contador que acaba de empezar su ejercicio profesional todavía no ha tenido necesariamente la oportunidad de enfrentarse a la variedad de situaciones tributarias, contables y comerciales que un despacho establecido puede haber manejado durante muchos años.
Para una empresa SAS, esto puede ser especialmente importante.
Una empresa puede tener que enfrentarse a cuestiones relacionadas con:
IVA;
impuesto de renta;
retenciones;
proveedores internacionales;
servicios digitales;
Google Ads;
Meta Ads;
empresas extranjeras;
procedimientos de la DIAN;
facturación electrónica;
periodicidad de declaraciones;
correcciones tributarias;
y tratamiento fiscal de determinados gastos.
Nuestra experiencia incluyó varios de estos aspectos.
Primer problema: la periodicidad de nuestras declaraciones de IVA
Nuestra empresa era una SAS relativamente nueva cuando contratamos a Claudia Magnolia Triana Pérez.
Como parte de la creación y organización tributaria de la empresa, ella nos asesoró sobre nuestras obligaciones relacionadas con el IVA.
Posteriormente quedamos registrados para presentar las declaraciones de IVA cada dos meses.
Seguimos ese procedimiento durante casi dos años.
Es importante aclarar algo:
el IVA que correspondía pagar fue pagado.
Nunca intentamos evitar el pago del IVA.
El problema estaba en la periodicidad de las declaraciones. Más adelante, cuando cambiamos de asesoría contable, nuestro nuevo contador revisó nuestra situación.
Nos informó que, de acuerdo con el régimen aplicable a nuestra empresa, nuestras declaraciones de IVA debían presentarse cada cuatro meses y no cada dos meses.
El nuevo contador corrigió la situación.
Sin embargo, la corrección terminó generando una sanción de más de COP 1.000.000.
Para nosotros esto fue especialmente frustrante.
El IVA había sido pagado.
El problema estaba en la forma y periodicidad en que se habían presentado las declaraciones.
¿Qué establece la normativa colombiana sobre la periodicidad del IVA?
La periodicidad del IVA no es simplemente una cuestión de preferencia del contador.
El Estatuto Tributario establece diferentes períodos de declaración dependiendo de las circunstancias del responsable del IVA.
El artículo 600 establece las reglas para determinar cuándo corresponde presentar declaraciones bimestrales y cuándo corresponde una periodicidad cuatrimestral, de acuerdo con las condiciones aplicables al contribuyente.
DIAN también ha emitido doctrina sobre situaciones en las que un contribuyente que debía presentar declaraciones cuatrimestrales las presentó bimestralmente y sobre la necesidad de corregir la situación correspondiente.
Por eso, para nosotros, el problema no fue simplemente que se hubiera cometido un error administrativo.
Nosotros habíamos seguido la periodicidad que había sido establecida como parte de la asesoría profesional que recibíamos.
Posteriormente tuvimos que contratar a otro profesional para revisar y corregir la situación.
Y terminamos pagando una sanción de más de COP 1.000.000.
Solicitamos a Claudia Magnolia Triana Pérez que nos compensara
En octubre de 2023 planteamos el problema a Claudia Magnolia Triana Pérez.
Le solicitamos que nos compensara por el perjuicio económico que habíamos sufrido como consecuencia de lo que considerábamos una asesoría incorrecta respecto de la periodicidad del IVA.
Inicialmente nos indicó que consultaría la situación con la DIAN para aclararla. Consideramos que era una respuesta razonable.
Si existía una diferencia de interpretación, lo correcto era consultar la normativa y confirmar la situación.
Posteriormente quedó confirmado que la posición de nuestro nuevo contador era correcta y que, según las circunstancias de nuestra empresa, correspondía una periodicidad cuatrimestral. Aun así, intentamos resolver el asunto de manera amistosa.
En lugar de exigir inmediatamente el pago completo, hicimos una propuesta que consideramos razonable.
Aceptamos que el importe que acordáramos podía ser pagado durante los siguientes tres o cuatro meses.
La propuesta fue aceptada.
Se nos aseguró que el pago se realizaría en enero de 2024.
Llegó enero de 2024 y no recibimos ningún pago
Pasó enero.
No recibimos ningún pago.
El 15 de febrero de 2024, volvimos a contactar a Claudia Magnolia Triana Pérez para preguntarle si tenía intención de realizar el pago acordado.
Ese mismo día recibimos la siguiente respuesta:
“para informarles que en el transcurso de el día de hoy realizaré el abono correspondiente.”
Esperamos.
El pago no llegó.
Más de dos años después, seguimos sin haber recibido ese pago.
Para nosotros esto fue particularmente decepcionante.
El problema ya no era únicamente el error inicial.
Habíamos intentado resolverlo amistosamente.
Habíamos aceptado un acuerdo de pago.
Habíamos recibido una confirmación escrita indicando que el pago se realizaría ese mismo día.
Y, sin embargo, el pago nunca llegó.
Segundo problema: el IVA de Google Ads
Nuestra segunda experiencia fue considerablemente más preocupante.
Nuestra empresa utiliza Google Ads para publicidad.
Google es una empresa extranjera que presta servicios digitales a empresas colombianas.
Por ello, el tratamiento tributario colombiano de los servicios digitales prestados desde el exterior es particularmente relevante para cualquier empresa que utilice Google Ads.
En nuestro caso, consultamos específicamente a nuestra contadora sobre el 19 % de IVA que aparecía en las facturas de Google Ads.
La respuesta que recibimos de Claudia Magnolia Triana Pérez fue que ese IVA no podía ser recuperado o tratado como IVA descontable porque Google no estaba registrado como empresa en Colombia.
En términos sencillos, la explicación que recibimos fue:
Google no está registrado en Colombia, por lo tanto el IVA no se puede recuperar.
Nosotros cuestionamos esa explicación.
Le indicamos que Google es un proveedor internacional de servicios digitales y que Colombia cuenta con normas tributarias específicas para los servicios digitales prestados desde el exterior.
Solicitamos que la cuestión fuera investigada y, especialmente, que se verificara con la DIAN.
Nuestra preocupación era que la respuesta parecía basarse esencialmente en una sola cuestión:
Google no es una empresa colombiana.
Pero esa no parecía ser la pregunta tributaria correcta.
La pregunta correcta era:
¿Cuál es el tratamiento tributario colombiano de un servicio digital prestado por una empresa extranjera a una empresa colombiana y cuál es el tratamiento del IVA que se cobra en esa operación?
Son preguntas muy diferentes.
Google confirma que puede cobrar el 19 % de IVA en Colombia
Aquí es donde la cuestión se vuelve particularmente interesante.
La propia documentación de Google Ads para Colombia confirma que Google debe recopilar información fiscal para determinar la aplicación del IVA.
Google explica que, para cumplir con las leyes locales de Colombia, puede aplicarse un IVA del 19 % a las facturas de clientes de Google Ads, dependiendo de su situación tributaria y de la información fiscal proporcionada.
Esto demuestra algo importante:
el hecho de que Google sea una empresa extranjera no significa que las normas colombianas de IVA no sean aplicables.
Google tiene procedimientos específicos para Colombia precisamente porque existen obligaciones tributarias colombianas relacionadas con sus servicios.
Por tanto, la simple afirmación de que:
“Google no está registrado en Colombia”
no explica por sí sola cuál es el tratamiento tributario del IVA.
DIAN también contempla expresamente Google Ads y Meta Ads
La cuestión es todavía más interesante porque la propia DIAN ha publicado doctrina que menciona expresamente plataformas como Google Ads y Meta Ads.
En el Concepto 1932 de 2025, DIAN analiza precisamente la utilización de comprobantes de plataformas digitales extranjeras como Meta Ads y Google Ads por parte de contribuyentes colombianos.
DIAN explica que los prestadores de servicios electrónicos o digitales desde el exterior que no tienen residencia fiscal en Colombia no necesariamente están obligados a expedir factura electrónica colombiana.
En esos casos, el contribuyente colombiano debe generar el correspondiente documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a facturar, de acuerdo con las normas aplicables.
Esto es muy importante.
La DIAN está contemplando específicamente operaciones realizadas con:
Google Ads;
Meta Ads;
y otras plataformas digitales extranjeras.
Por tanto, la tributación de estos servicios no puede analizarse simplemente preguntando si el proveedor extranjero tiene o no una sociedad colombiana.
Existen normas específicas para estas operaciones.
Los servicios digitales del exterior y el IVA colombiano
La economía digital ha cambiado considerablemente la forma en que las empresas colombianas compran servicios.
Una empresa en Ibagué puede contratar servicios de una empresa ubicada en:
Estados Unidos;
Irlanda;
Reino Unido;
España;
Canadá;
u otro país.
Eso no significa automáticamente que la operación quede fuera del sistema tributario colombiano.
DIAN contempla situaciones en las que determinados servicios adquiridos desde el exterior están sujetos a IVA en Colombia y existen reglas específicas relacionadas con los proveedores de servicios electrónicos o digitales desde el exterior.
Además, DIAN ha señalado que determinados servicios prestados desde el exterior pueden estar gravados con la tarifa general del 19 %, dependiendo de la naturaleza concreta del servicio y de si existe una exclusión aplicable.
Esto demuestra por qué este tipo de operaciones requiere una revisión técnica.
Pero cobrar IVA no significa automáticamente que todo IVA sea descontable
Aquí queremos hacer una aclaración importante.
No estamos diciendo que todo IVA que aparezca en una factura de Google Ads sea automáticamente recuperable para cualquier empresa colombiana.
Eso sería demasiado simplista.
El tratamiento como IVA descontable depende de las circunstancias concretas del contribuyente, de la naturaleza de la operación, de la documentación disponible, de los requisitos fiscales y de la normativa aplicable al período correspondiente.
Precisamente por eso consideramos que nuestra consulta merecía una investigación profesional más profunda.
Nuestra preocupación fue que la respuesta que recibimos se basara esencialmente en:
“Google no está registrado en Colombia.”
Consideramos que esa explicación no era suficiente para resolver una cuestión tributaria relacionada con servicios digitales internacionales.
La propia documentación de Google y la doctrina de la DIAN demuestran que existe un marco tributario específico para estas operaciones.
Las leyes tributarias digitales son cada vez más importantes
Las empresas colombianas utilizan cada vez más servicios digitales internacionales.
Una pequeña SAS en Ibagué puede gastar cada mes en:
Google Ads;
Meta Ads;
Microsoft;
software empresarial;
servicios en la nube;
alojamiento web;
plataformas SaaS;
servicios de consultoría internacional;
herramientas de inteligencia artificial;
y muchas otras soluciones digitales.
Por ello, un contador moderno necesita comprender cómo interactúan las normas tributarias colombianas con el comercio digital internacional.
Esta fue una de las principales lecciones que obtuvimos de nuestra experiencia.
El hecho de que un proveedor esté ubicado fuera de Colombia no significa que las obligaciones tributarias colombianas desaparezcan.
El problema no fue solamente recibir una respuesta equivocada
Para nosotros, la preocupación más importante fue la forma en que se abordó la cuestión.
Un contador no tiene que conocer inmediatamente la respuesta a todas las preguntas tributarias.
Nadie puede saberlo todo.
Si un contador recibe una pregunta compleja sobre Google Ads, Meta Ads o cualquier otro servicio internacional, una respuesta perfectamente razonable sería:
“No estoy completamente seguro. Voy a revisar la normativa y confirmar la posición con la DIAN.”
Eso nos parecería una actuación profesional.
El problema aparece cuando una cuestión potencialmente importante se responde de forma categórica sin una investigación suficiente.
En nuestra opinión, ante una cuestión tributaria compleja, el procedimiento correcto debería ser:
revisar la legislación aplicable;
revisar la doctrina vigente de la DIAN;
analizar las circunstancias específicas del cliente;
comprobar la documentación;
y, cuando sea necesario, solicitar aclaración adicional.
Eso era lo que esperábamos de nuestra asesoría profesional.
¿Por qué el problema de Google Ads podía ser mucho más costoso?
Para una empresa que invierte cantidades importantes en publicidad digital, el IVA puede representar una suma considerable.
Por ejemplo, si una empresa gasta COP 5.000.000 al mes en Google Ads y existe un 19 % de IVA aplicable, el componente de IVA puede representar una cantidad significativa a lo largo de un año.
Si el gasto continúa durante:
un año;
dos años;
tres años;
la cuestión puede adquirir una importancia económica considerable.
No estamos afirmando que una empresa tenga automáticamente derecho a descontar todo ese IVA.
Estamos diciendo algo más sencillo:
la cuestión merece una asesoría tributaria correctamente investigada.
¿Volveríamos a contratar como primer cliente a un contador recién graduado?
Probablemente no.
No porque consideremos que un contador recién graduado sea necesariamente un mal profesional.
Todo profesional tiene que comenzar su carrera.
Pero hoy entendemos mejor el riesgo de ser el primer cliente de un profesional que acaba de comenzar su ejercicio.
En nuestro caso:
había obtenido su título aproximadamente una semana antes;
nosotros éramos su primer cliente;
no existía una trayectoria profesional que pudiéramos verificar;
no disponíamos de referencias comerciales independientes;
y confiamos principalmente en una recomendación personal.
Hoy haríamos muchas más preguntas.
¿Qué preguntaríamos hoy a un contador público en Ibagué?
Antes de contratar a un contador, especialmente para una empresa SAS, preguntaríamos:
¿Cuántos años lleva ejerciendo?
No es lo mismo un profesional con una semana de experiencia práctica que un despacho que lleva diez o veinte años trabajando con empresas.
¿Cuántas empresas SAS asesora actualmente?
La experiencia con sociedades puede ser diferente de la experiencia principalmente con personas naturales.
¿Tiene experiencia con proveedores internacionales?
Esta pregunta es especialmente importante si la empresa utiliza:
Google;
Meta;
Microsoft;
software extranjero;
servicios en la nube;
consultores internacionales;
o plataformas digitales.
¿Cómo maneja las preguntas tributarias que no conoce?
Una buena respuesta debería incluir investigación, revisión normativa y, cuando corresponda, consulta de la doctrina de la DIAN.
¿Quién revisa su trabajo?
En una firma establecida puede existir un segundo nivel de revisión.
¿Puede proporcionar referencias?
Una empresa que va a confiar información financiera sensible a un profesional tiene derecho a realizar preguntas razonables.
¿Tiene seguro de responsabilidad profesional?
También preguntaríamos si existe cobertura de responsabilidad civil profesional o responsabilidad profesional y cuáles son sus condiciones.
La importancia de contar con un historial verificable
Una de las cosas que más hemos cambiado desde nuestra experiencia es la importancia que damos a la información independiente.
Si hoy buscáramos:
contador público en Ibagué
contadores en Ibagué
servicios contables en Ibagué
asesoría tributaria en Ibagué
o
contador para una SAS en Ibagué,
no elegiríamos simplemente al profesional que aparece primero en una recomendación personal.
Investigaríamos:
página web;
años de actividad;
reseñas de Google;
referencias;
experiencia;
especialización;
clientes empresariales;
presencia profesional;
y capacidad de responder preguntas técnicas.
Las reseñas tampoco garantizan que un profesional sea perfecto.
Pero permiten conocer las experiencias de otras personas.
Cuando no existen reseñas, referencias o una trayectoria verificable, el cliente dispone de mucha menos información para tomar una decisión.
También recomendamos mantener sus propios registros
Otra lección importante es que una empresa nunca debería depender completamente de su contador para saber qué ha ocurrido con sus obligaciones tributarias.
El empresario debería conservar copias de:
declaraciones de impuestos;
comprobantes de pago;
comunicaciones de la DIAN;
facturas;
documentos contables;
contratos;
registros tributarios;
y comunicaciones importantes con el contador.
El contador puede gestionar estos asuntos profesionalmente.
Pero la información financiera de la empresa sigue siendo responsabilidad del empresario.
Nuestra experiencia con Claudia Magnolia Triana Pérez
Queremos dejar claro por qué hemos decidido compartir esta experiencia.
En 2023 no buscábamos contratar a un contador sin experiencia.
Fuimos presentados a una profesional recién graduada por una persona de confianza.
Sabíamos que era nueva.
Sin embargo, pensamos que el hecho de estar registrada como contadora pública significaba que tendría los conocimientos necesarios o que investigaría cualquier cuestión que no conociera.
Posteriormente tuvimos:
1. Un problema con la periodicidad de nuestras declaraciones de IVA, que terminó generando una sanción de más de COP 1.000.000, pese a que el IVA correspondiente había sido pagado.
2. Un problema relacionado con el tratamiento tributario del IVA de Google Ads, en el que recibimos la explicación de que no podía recuperarse porque Google no estaba registrado como empresa en Colombia.
3. Una promesa de reembolso realizada en febrero de 2024 que, más de dos años después, todavía no ha sido cumplida.
En cuanto al asunto de Google Ads, posteriormente encontramos documentación oficial de Google y doctrina de la DIAN que demuestra que las operaciones de servicios digitales extranjeros, incluyendo específicamente Google Ads, tienen un tratamiento tributario colombiano que requiere un análisis mucho más detallado.
No consideramos que la cuestión pueda resolverse simplemente diciendo que Google no es una empresa colombiana.
Para las empresas, contar con proveedores especializados y con procesos profesionales verificables también es fundamental.
Lo que aprendimos
Nuestra mayor equivocación no fue necesariamente contratar a una profesional recién graduada.
Nuestra mayor equivocación fue no realizar suficiente investigación antes de contratarla.
Confundimos:
registro profesional
con
experiencia profesional.
Hoy entendemos que son cosas diferentes.
Si volviéramos a tomar la decisión, investigaríamos:
experiencia;
referencias;
reseñas;
especialización;
experiencia con SAS;
experiencia con operaciones internacionales;
conocimientos sobre servicios digitales;
comunicación;
procedimientos internos;
y protección de responsabilidad profesional.
Nuestro consejo a las empresas que buscan un contador en Ibagué
Si está buscando un contador público en Ibagué, le recomendamos que no tome una decisión basándose únicamente en una recomendación personal o en la existencia de una tarjeta profesional.
Investigue primero.
Compruebe las credenciales.
Pregunte cuántos años lleva ejerciendo.
Pregunte cuántas empresas similares a la suya asesora.
Busque reseñas independientes.
Solicite referencias cuando sea posible.
Pregunte cómo gestiona operaciones internacionales.
Y si su empresa utiliza Google Ads, Meta Ads u otros servicios digitales extranjeros, asegúrese de que su contador conozca el tratamiento tributario colombiano de estas operaciones.
Si recibe una respuesta que parece demasiado sencilla para una cuestión tributaria compleja, pregunte cuál es la base legal y solicite que se verifique con la DIAN cuando sea necesario.
Su empresa, su dinero y sus obligaciones tributarias merecen ese nivel de atención.
Una experiencia costosa que nos dejó una lección importante
Nuestra experiencia con Claudia Magnolia Triana Pérez, contadora pública, T. Prof. 293146-T, en Ibagué, nos enseñó que la selección de un profesional debe hacerse con la misma diligencia que la selección de cualquier otro asesor que tenga acceso a información financiera y legal importante.
Una recomendación personal puede ser útil.
Una tarjeta profesional es importante.
Pero nosotros creemos que ninguna de las dos sustituye la experiencia verificable, las referencias, la investigación y la debida diligencia.
Si usted es empresario en Ibagué y está buscando un contador, investigue antes de contratar.
Aprendimos esta lección de la manera más costosa.
Esperamos que compartir nuestra experiencia ayude a otros empresarios a evitar cometer el mismo error.
En Altus Traducciones aplicamos esa misma filosofía de investigación, procesos y control de calidad a nuestros propios servicios profesionales.
Como empresa con sede en Ibagué, también conocemos la importancia de seleccionar proveedores profesionales con experiencia y procesos verificables.







Comentarios